VEREDICTO: EL ESTADO, CULPABLE

En un lugar de España, un día cualquiera. (07:15 a. m.)

Ha quedado totalmente demostrado, y plenamente acreditado, que el responsable de la crisis económica que desde dos mil ocho nos viene azotando impunemente a los españoles, provocando graves consecuencias en las economías de empresas y de trabajadores, es el propio Estado y sus diferentes gobiernos.

La totalidad de los delitos que empresarios, autónomos y desempleados españoles imputaban al Estado -y a los diferentes gobiernos nacionales, autonómicos y locales que han dirigido las instituciones públicas españolas en los últimos siete años-, habían quedado probados y vistos para sentencia. Los demandantes que se personaron en la causa, adujeron a través de sus abogados que, tal y como han demostrado en las pruebas documentales presentadas, todos ellos venían cumpliendo escrupulosamente con sus obligaciones fiscales, tributarias, sociales y laborales durante el periodo comprendido entre los diez y los treinta años previos a la fecha de comienzo de la crisis, señalada en el inicio del año 2008. Es decir, que la trayectoria empresarial era intachable e incuestionable.

Las graves consecuencias que sobre las vidas de los demandantes han provocado la sucesión de hechos inherentes a la pésima gestión de los gobernantes públicos en estos últimos años, se sustanciaron bajo la realidad inexcusable de los siguientes epígrafes presentados, defendidos y justificados con la pertinente exposición de pruebas testificales:

Primero: Que es imposible que las cientos de miles de empresas cerradas y arruinadas, así como los millones de puestos de trabajo perdidos, sea a consecuencia de una mancomunada mala gestión imputable a la acción empresarial, máxime cuando en largos periodos previos a esta negativa situación, la salud económica de estas empresas se mantuvo de una manera ejemplar y constante en el tiempo.

Segundo: Que a consecuencia de ello, y ante la falta de medidas públicas que pudieran neutralizar la inercia negativa existente, todos ellos han perdido sus patrimonios, sus ahorros, sus trabajos, sus bienes materiales, su crédito financiero y su futuro profesional.

Tercero: Que los daños colaterales han propiciado gravísimos daños de todo tipo, como la suspensión de los estudios universitarios de sus hijos, el abandono de hogar por impago de rentas o hipotecas, desajustes mentales y depresiones profundas, abandono del territorio nacional español, imposibilidad de cumplimiento de sus obligaciones fiscales y sociales e incremento continuo de la deuda e incluso rupturas de parejas y matrimonios a consecuencia de la insoportable situación económica familiar, en definitiva, un conjunto fatal de gravísimo alcance personal y colectivo.

Concluida la vista oral, el Magistrado ha emitido el siguiente Fallo:

·   Declaro culpable al Estado español, como responsable civil subsidiario de la causa que nos ocupa y, en consecuencia, debo condenar y condeno al conjunto de instituciones nacionales españolas que tienen el poder y la responsabilidad de regular la vida comunitaria nacional, regional y local, a que apliquen las medidas administrativas necesarias y suficientes para restañar profundamente el incalculable daño material, patrimonial y psicológico infligido a cada uno de los empresarios, autónomos y trabajadores demandantes de esta causa que han padecido, y que aún hoy padecen, la insufrible e inmerecida situación personal y familiar que lamentablemente ya se alarga a más de siete años, debiendo activar con carácter inmediato, sin excusa ni dilación alguna, cada uno de los extremos referidos a continuación:

- El Estado aportará la cantidad económica equivalente al saldo medio en cuenta corriente que, a fecha uno de enero de dos mil ocho, cada uno de ellos mantuviera disponible en las diferentes entidades financieras del país.

- El Estado será el deudor único y directo de todas las cuantías que, como consecuencia de la mala gestión y nula previsión institucional pública frente a la crisis, hayan generado los demandantes en concepto de impago de hipotecas, de créditos al consumo, de pólizas de crédito, de tarjetas de crédito, de descubiertos en cuenta corriente, así como de cuantos recibos devueltos se hubieran producido por conceptos financieros cualesquiera que fueran estos, tanto de la deuda principal como la de los intereses generados por demora, e incluyendo la integridad de las posibles penalizaciones económicas y administrativas que hubieran podido devengarse.

- El Estado entregará, desde este momento, una cantidad mensual a cada damnificado, correspondiente a la media del importe salarial que cada uno de ellos percibiera en el año 2007, en concepto de retribución económica por los daños y perjuicios ocasionados durante estos años y que no podrá interrumpirse hasta la recuperación laboral de cada uno de los miembros desempleados incluidos en la relación de demandantes.

- Finalmente, este Tribunal quiere expresar su apoyo incondicional a las mujeres y hombres que, inmerecidamente, han visto truncadas sus vidas, sus familias y sus empresas, resaltar la absoluta inexistencia de responsabilidad por ello y declarar su total inocencia, agradeciéndoles la aportación, la paciencia y la entrega que, como ejemplares ciudadanos españoles, han realizado a esta sociedad.

(07:30 a. m.)

¡Riiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiinnnnnnnnnnnn!

-¡Joder, el despertador!, ¡con lo a gustito que estaba!, ¡y encima no me acuerdo de lo que estaba soñando!

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